Alcaldes y gobernadores deberán incluir artistas independientes en sus conciertos

La Ley 2615 del 29 de julio de 2026 establece nuevas obligaciones para los eventos y festivales financiados con recursos públicos. Las administraciones podrán seguir contratando artistas comerciales y reconocidos, pero deberán garantizar espacios para músicos independientes y cumplir con una participación femenina mínima del 40 % dentro de esta categoría.

Los alcaldes y gobernadores deberán revisar la programación de sus conciertos y festivales. La nueva Ley de la Música, en su artículo 15, establece que los eventos financiados con recursos públicos deberán incluir artistas no masivos y organizaciones sin ánimo de lucro con experiencia en el sector musical.

La disposición busca que los escenarios financiados con dinero público no estén reservados exclusivamente para las grandes figuras de la industria musical, sino que también representen a los artistas independientes, talentos regionales y agrupaciones que desarrollan su trabajo fuera del mercado masivo.

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¿Qué pueden contratar y qué no?

La ley no prohíbe contratar artistas comerciales, famosos o de reconocimiento nacional e internacional. Las alcaldías y gobernaciones podrán seguir llevando a sus festivales artistas de música popular, vallenato, salsa, reguetón y otros géneros.

Sin embargo, no podrán organizar eventos y festivales financiados con recursos públicos ignorando la participación de artistas independientes y agrupaciones no masivas que exige la nueva legislación.

Otro aspecto fundamental está en el porcentaje de participación femenina: el artículo 15 establece que el 40 % de los artistas independientes o agrupaciones no masivas participantes deberán ser liderados o conformados por mujeres, incluyendo cantautoras, instrumentistas y compositoras.

Es importante aclarar que este porcentaje corresponde a la participación artística, no al presupuesto destinado a la contratación.

Una obligación para las administraciones territoriales

La ley también crea el Fondo Cuenta Especial del Sector de la Música, cuyos recursos estarán destinados, entre otros propósitos, a fortalecer la creación, producción y circulación de artistas no masivos. Para esta línea se establece una destinación mínima del 40 % de los recursos del Fondo.

Además, reconoce las prácticas musicales tradicionales, ancestrales y comunitarias, y contempla mecanismos para fortalecer el sector musical colombiano.

Para los mandatarios territoriales, el mensaje es claro: podrán continuar contratando grandes artistas para sus fiestas y festivales, pero deberán garantizar también la participación de los músicos independientes y cumplir las condiciones establecidas en la Ley 2615 de 2026.

Las secretarías de Cultura y las oficinas de contratación deberán tener presente esta normativa al momento de planear y estructurar los próximos eventos financiados con recursos públicos.

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Pablo Trujillo - Periodista de Investigación

Periodista de viajes y Documentalista

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